miércoles, 26 de enero de 2011

Peruanos que regresen al país tendrán exenciones tributarias

Los emigrantes peruanos que quieran regresar a su país para ejercer actividades empresariales estarán exentos de pagar impuestos cuando internen ciertos bienes en Perú, de acuerdo a una norma publicada en el diario oficial ‘El Peruano’.

Sin embargo, los beneficios contemplados en el restablecimiento de la Ley de incentivos migratorios no entrarán en vigor hasta que se publique el reglamento correspondiente en los próximos 60 días.

Con esta norma el Ejecutivo pretende alentar el regreso de peruanos del exterior para que contribuyan a generar empleo productivo y mayor recaudación tributaria, aunque serán excluidos quienes vuelvan para trabajar como empleados.

Los peruanos residentes en el extranjero deberán demostrar que han permanecido fuera del país menos de cinco años antes de presentar su solicitud, así como manifestar por escrito su interés por retornar al país y acogerse a la norma.

De esta forma no pagarán impuestos por internar bienes de menaje del hogar de hasta un máximo de 30.000 dólares, o un vehículo automotor de igual valor.

También estarán liberados de pagar tributos por instrumentos profesionales, maquinarias, equipos, bienes de capital y demás bienes con los que desempeñen su profesión, oficio o actividad empresarial, por un máximo de 100.000 dólares.

Asimismo, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat, ente recaudador de impuestos) se encargará de supervisar el cumplimiento de la ley, cuyos beneficios tendrán una vigencia de cinco años a partir de la fecha de su reglamentación.

Esta norma, que restablece una anteriormente publicada en 2004, incluye que el Ministerio de Relaciones Exteriores deberá difundir los beneficios otorgados por la ley a través de sus delegaciones diplomáticas, embajadas y consulados.

*http://www.peru.com/noticias/sgc/portada/2010/03/12/detalle85916.aspx

Globalización económica y comercio exterior

Debido a la creciente globalización económica, la participación de las exportaciones con respecto al PBI mundial ha crecido significativamente. El crecimiento del sector exportador mejora la balanza de pagos y los indicadores de vulnerabilidad externa, lo cual tiene un impacto significativo en la disminución del riesgo-país y la atracción de inversión.

En consecuencia, siendo más competitivos en mercados cada vez más globalizados se logrará generar empleo a niveles de calidad y cantidad necesarios para elevar de manera permanente el bienestar de la población

Asimismo, a través de la introducción a un mayor desarrollo tecnológico se logra un impacto positivo sobre el empleo, tanto en su cantidad como en su calidad, como consecuencia de la acumulación de conocimiento y capital humano.

Por otro lado, permite a los consumidores tener acceso a una mayor variedad y calidad de productos, a más bajo precio. El incremento del intercambio comercial con el exterior genera una mejora de la calidad de vida de la población.


http://www.mincetur.gob.pe/newweb/Default.aspx?tabid=124

Regreso a casa, un viaje sin retorno para muchos inmigrantes en Arizona

Phoenix, Ariozna, 10 de diciem­bre. Mientras que la mayoria disfruta de las compras navideñas y piensa en la comida de Noche Buena, otros se pre­pa­ran para la deci­sion final de regre­sar a sus pai­ses de ori­gen  o irse a otros esta­dos, y no pre­ci­sa­mente de vaca­cio­nes, sino a comen­zar de nuevo, por­que para ellos Arizona ya no es mas un sitio seguro y agra­da­ble para vivir, sin con­tar con que no hay trabajo.

Ante las pocas pro­ba­bi­li­da­des de que se apruebe una reforma migra­to­ria a nivel fede­ral y el endu­re­ci­miento de las leyes esta­ta­les con­tra de la inmi­gra­ción ile­gal, muchos indo­cu­men­ta­dos se pre­pa­ran para un viaje sin opcion de regreso.

“La situa­ción cada vez está más difí­cil, no solo por­que es muy difí­cil encon­trar tra­bajo, sino por­que ya no pue­des vivir con tran­qui­li­dad, siem­pre tie­nes en la mente el temor de ser arres­tado por la poli­cía”, comento Juan Martínez Ramos, inmi­grante indo­cu­men­tado, ori­gi­na­rio del estado mexi­cano de Michoacán.

La fami­lia Martínez está ven­diendo todos los mue­bles de su apar­ta­mento de dos habi­ta­cio­nes en Phoenix con la espe­ranza de jun­tar un poco más de dinero. “El sueño ame­ri­cano se acabó para noso­tros”, dijo el padre de tres niños, todos ellos naci­dos en Estados Unidos.

La fami­lia espera dejar el estado entre el 20 y 21 de diciem­bre, justo a tiempo para poder lle­gar con su fami­lia en México y cele­brar la Navidad. Martínez, de 42 años, quien por más de siete años tra­bajó en la cons­truc­ción, se quedó sin empleo hace un año y desde enton­ces ha tenido que sobre­vi­vir haciendo “tra­ba­ji­tos” en casas par­ti­cu­la­res, como repa­rando pare­des, techos y colo­cando ventanas.

“No solo es la falta de empleo, ahora con la ley SB1070 quie­ren hacer­nos sen­tir como ‘cri­mi­na­les’ a las per­so­nas que no tene­mos pape­les”, ase­guró Martínez, quien llegó a EE.UU hace diez años, cru­zando a pie el desierto de Arizona.

La ley esta­tal SB1070, que entró en vigor el pasado mes de julio, es la pri­mera en Estados Unidos en cri­mi­na­li­zar la pre­sen­cia de inmi­gran­tes indo­cu­men­ta­dos. Aunque una jueza fede­ral blo­queó tem­po­ral­mente las pro­vi­sio­nes más con­tro­ver­ti­das de la ley, entre ellas una cláu­sula que per­mite a las auto­ri­da­des loca­les cues­tio­nar el esta­tus migra­to­rio de las per­so­nas “sos­pe­cho­sas” de ser indo­cu­men­ta­das, acti­vis­tas con­si­de­ran que el impacto ha sido tre­mendo entre la comu­ni­dad inmi­grante en Arizona.

“La SB1070 ha tenido un impacto tre­mendo no solo en la eco­no­mía del estado, sino tam­bién un impacto psi­co­ló­gico y moral entre las fami­lias inmi­gran­tes”, ase­guró  Magdalena Schwartz, pas­tora y acti­vista en la ciu­dad de Phoenix.

Afirmó que muchas son las fami­lias que están pre­pa­rán­dose para dejar el estado durante el mes de diciem­bre o para prin­ci­pios del pró­ximo año. “Algunas fami­lias se van a ir a otros esta­dos y otros regre­sa­rán a México”, dijo la acti­vista quien tra­baja con fami­lias inmi­gran­tes en Arizona. Agregó que otras fami­lias le han comen­tado que solo espe­ra­rán hacer su última decla­ra­ción de impues­tos para irse a prin­ci­pios del pró­ximo año.

Schwartz sos­tuvo que la SB1070 ha tenido un fuerte impacto psi­co­ló­gico, ya que las fami­lias inmi­gran­tes tie­nen miedo a la poli­cía y a denun­ciar abu­sos. “Después de las elec­cio­nes gene­ra­les y que los repu­bli­ca­nos con­ser­va­do­res que se opo­nen com­ple­ta­mente a una reforma migra­to­ria gana­ron, espe­cial­mente aquí en Arizona, las espe­ran­zas de muchas fami­lias ter­mi­na­ron”, dijo la pas­tora de la igle­sia Comunidad de Vida.

La falta de empleo, la cri­sis eco­nó­mica y, sobre todo, la cons­tante ten­sión en la que vive Rosario García, de 34 años, la llevó a tomar la deci­sión de regre­sar a México junto con sus dos hijos durante la última semana de diciem­bre. García, inmi­grante indo­cu­men­tada ori­gi­na­ria del estado mexi­cano de Chihuahua, dijo a Efe que a pesar de sus inten­tos no ha podido encon­trar tra­bajo en Tucson, lugar donde reside desde hace 12 años.

Por muchos años García tra­bajó como mucama en varios hote­les de lujo en esta ciu­dad, pero des­pués que entró en vigor la ley esta­tal de san­cio­nes a emplea­do­res en 2008, le fue cada vez más difí­cil encon­trar empleo ya que cada vez que con­tras­taba su infor­ma­ción con la base de datos “E-verify” se daban cuenta que no con­taba con un per­miso de tra­bajo para tra­ba­jar en Estados Unidos.

“Ahora con la SB1070, nos están diciendo que no nos quie­ren a los inmi­gran­tes aquí en Arizona, a pesar de que somos los que más tra­ba­ja­mos”, finalizó.


* http://panoramaaz.com/panorama-actual/arizona/regreso-a-casa-un-viaje-sin-retorno-para-muchos-inmigrantes-en-arizona-2723

Regresaré a mi país luego de permanecer 20 años en los Estados Unidos

Soy chileno, regresaré a mi país luego de permanecer 20 años en los Estados Unidos, ¿puedo ingresar mi vehículo usado a la Zona Franca de Iquique?

• Si, para ello debe contratar los servicios de un usuario de esa Zona Franca, es importante señalarle que un vehículo ingresado al amparo de este régimen ve restringido su uso solo para la Primera Región, y si desea viajar fuera de ella deberá hacerlo premunido de un pasavante y solo por 90 días al año.

• Por otra parte, y conforme a la Partida 00.33 del Arancel Aduanero, los chilenos mayores de 18 años que hayan residido en forma continua y sin interrupciones en el extranjero durante un año o más y que regresen definitivamente al país, pueden importar un vehiculo automóvil nuevo o usado, afecto al total de los derechos e impuestos. esta franquicia no es una liberación, sino consiste en que pueden importar un vehiculo usado, de años anteriores; lo que no pueden hacer los chilenos residentes en chile, ya que la importación de vehículos usados se encuentra prohibida.


*http://www.aduana.cl/prontus_aduana/site/artic/20070516/pags/20070516111939.html

INCENTIVOS MIGRATORIOS PARA LOS CIUDADANOS URUGUAYOS QUE RETORNEN AL PAÍS. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADUANEROS

Todo uruguayo con más de dos años de residencia en el exterior que decida retornar al país, podrá introducir libre de todo trámite cambiario y exento de toda clases de derechos de aduana, tributos o gravámenes conexos:

A) Los bienes muebles y efectos que alhajan su casa habitación.

B) Las herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos vinculados con el ejercicio de su profesión, arte u oficio.

C) Sólo se admitirá un vehículo automotor por interesado y por única vez por nacional uruguayo, quedando vedado el ingreso de vehículos de mas de das ejes, así como camiones, tracto-camiones, casas rodantes, motor homes y ómnibus en todas sus modalidades. Quedará asimismo prohibido el Ingreso de todo tipo de embarcaciones y aeronaves mediante el amparo al presente régimen. Dicho vehículo no podrá ser enajenado ni transferido por un lapso de cuatro años a contar de su ingreso a la República.

El citado vehículo deberá ser empadronado directamente por la persona interesada en la Intendencia Municipal correspondiente." Art. 76 Ley 18.250

(Ver: Ley-18250.pdf DECRETO-330-2008.PDF )

INCENTIVOS MIGRATORIOS PARA LOS CIUDADANOS URUGUAYOS QUE RETORNEN AL PAÍS. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADUANEROS.

1) Artículo 76 de la Ley Nº 18.250 de 6 de enero de 2008 y Decreto reglamentario Nº 330/008 de 14 de julio de 2008.

¿Quiénes pueden acogerse a esta ley?

Todos los ciudadanos uruguayos con más de dos años de residencia en el exterior que decidan retornar en forma definitiva a la República Oriental del Uruguay.

A los efectos de la aplicación de esta norma, se entiende por uruguayo a toda persona hombre o mujer nacidos en cualquier punto del territorio de la República, así como los hijos de padre o madre orientales, cualquiera haya sido el lugar de su nacimiento.

Beneficios

Podrán introducir libre de todo trámite cambiario y exento de toda clase de derechos de aduana, tributos o gravámenes conexos:

Los bienes muebles y efectos que alhajan su casa habitación.

Las herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos vinculados con el ejercicio de su profesión, arte u oficio.

Un vehículo automotor de su propiedad, por única vez.

Gratuidad

Los trámites relacionados con el presente régimen, ante cualquier organismo público interviniente son gratuitos.

Los costos de traslado, seguros y almacenaje de los bienes, así como los de intervención del Despachante de Aduanas en la tramitación del despacho de los bienes, no están incluidos en las exoneraciones previstas siendo en todos los casos de cargo de los interesados.

Inicio del trámite

Desde el Exterior: El ciudadano uruguayo interesado deberá iniciar el trámite en la Misión Diplomática (Servicio Consular) del lugar de residencia respectivo.

Desde el territorio nacional: Se deberá iniciar el trámite ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, dentro del plazo de 60 días desde el retorno al país.


Requisitos para el trámite

En ambos casos deberá presentar la siguiente documentación:

Datos personales completos del interesado con documentación respaldante de su profesión, arte u oficio, mediante título o nota institucional y datos completos de los integrantes de su núcleo familiar con quienes se proyecta retornar al país.

Constancia de actividad laboral del interesado y los demás integrantes del núcleo familiar con quien proyecta retornar al país.

Domicilio a constituir en el país, el cual no podrá ser modificado sin comunicación previa al Ministerio de Relaciones Exteriores por el plazo de cuatro años a contar de su ingreso a la República.

Declaración jurada personal donde conste decisión de retornar al país y radicarse definitivamente en él.

Documentación acreditante de haber tenido residencia permanente e ininterrumpida en el exterior por un lapso superior a los dos años.

Declaración de ampararse expresamente a la Ley Nº 18.250 de 6 de enero de 2008 y el Decreto Reglamentario Nº 330/008 de 14 de julio de 2008.

En caso de que desee ingresar SU VEHÍCULO, deberá:

Presentar documentación que acredite la propiedad del vehículo.


Acreditar que el vehículo fue adquirido en el país de residencia con un mínimo de un año de antigüedad al momento del retorno. Dicha documentación se presentará con la correspondiente traducción -en su caso-, debiendo constar número de motor, chasis, padrón y demás datos identificatorios.

Sólo se admitirá un vehículo automotor por interesado y por única vez por nacional uruguayo, quedando vedado el ingreso de vehículos de más de dos ejes, así como camiones, tracto-camiones, casas rodantes, motor homes y ómnibus en todas sus modalidades.

Dicho vehículo no podrá ser enajenado ni transferido por un lapso de cuatro años a contar de su ingreso a la República debiendo ser empadronado directamente por el interesado en el Gobierno Departamental del domicilio denunciado, dentro de los treinta días del desaduanamiento.

El vehículo deberá proceder directamente desde exterior del país. No se podrá usufructuar en forma previa de un ingreso del vehículo al país bajo régimen de turista.


Legalización

Toda la documentación acreditante que se acompañe deberá ser debidamente legalizada por el Servicio Consular correspondiente.

Trámite en la Dirección Nacional de Aduanas

El interesado deberá presentar, ante la Administración de Aduana de ingreso al país, la siguiente documentación (original o fotocopia autenticada por escribano o fotocopia certificada por el funcionario receptor):

A) Para los bienes muebles y efectos que alhajan su casa habitación, así como para las herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos vinculados con el ejercicio de su profesión, arte u oficio. No es obligatoria la intervención del Despachante de Aduana.

Formulario de Declaración Jurada con solicitud de ingreso de los bienes y efectos

Certificado de residencia otorgado por el Consulado Uruguayo en el país extranjero.

Lista de bienes muebles y efectos visada por el Consulado.

Documentación respaldante de su profesión, arte u oficio, mediante título o nota institucional.

Cédula de identidad uruguaya vigente o constancia de trámite de renovación.

Certificado de ingreso al país otorgado por la Dirección Nacional de Migración (Misiones 1513 esquina Piedras, Montevideo)

Conocimiento de embarque con el sello de constancia de entrega otorgada por la Agencia (B/L transferido).

B) Para el Vehículo automotor. Es obligatoria la intervención del Despachante de Aduana.

Si además de los bienes mencionados en el literal A) se desea ingresar al país un vehículo, se deberá tramitar su autorización ante el Ministerio de Economía y Finanzas. El vehículo quedará almacenado en un depósito aduanero (a costa del interesado), a la espera de la correspondiente resolución del Ministerio de Economía y Finanzas, debiendo el interesado contratar los servicios de un Despachante de Aduana a esos efectos y de la posterior tramitación del Documento Único Aduanero (DUA).

Si los bienes mencionados en los literales A) y B) ingresan al país por el Puerto de Montevideo, el trámite deberá realizarse en la Administración de Aduana de Montevideo, sita en el 2 ºPiso - Puerta 229 del Edificio de Aduana, Rambla 25 de Agosto de 1825 s/n de la ciudad de Montevideo.

Los bienes declarados y que no resulten comprendidos en las autorizaciones precedentes, podrán ingresar de acuerdo al régimen general de importación, con intervención de un Despachante de Aduana, mediante el pago de los tributos correspondientes.

2) ¿Existe otro régimen de ingreso exento de tributos para ciudadanos uruguayos que retornan al país para residir en forma definitiva?

Si, existe otra norma (Dto. 572/994) de aplicación para ciudadanos uruguayos con más de un año de residencia en el exterior, por el cual se permite ingresar al país, exentos de tributos sus muebles y otros bienes de uso doméstico, herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos necesarios para el ejercicio de su profesión, arte u oficio, individualmente considerado.

http://www.aduanas.gub.uy/PreguntasFrecuentes.php?Pregunta=MU

America Latina se erige como motor de la economía mundial

La región vive su mejor momento económico, es más, se podría decir que atraviesa por su década dorada. Así lo reconocieron los ministros de Finanzas de la región y economistas internacionales en la clausura del tercer Foro Económico Internacional América Latina (AL) y El Caribe.

Los especialistas aseguraron que Latinoamérica es el nuevo motor económico mundial, aunque debido a esta emergente posición, deberá ajustar las políticas macroeconómicas para tratar de mantener el ritmo de crecimiento.

"El tren del desarrollo está encontrando nuevas locomotoras y una de ellas es AL. Antes éramos un vagón; estábamos esperando siempre ayuda de las locomotoras como Europa, Estados Unidos o Japón, pero eso ya no es así", manifestó el presidente de Colombia, Juan Manuel Santos.

El mandatario fue el invitado principal de este encuentro organizado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

No obstante, el mandatario colombiano precisó que si bien AL aprendió a volar, las políticas monetarias de ciertos países desarrollados, que desembocaron en una guerra de divisas, están afectando a la región a raíz de la apreciación de sus monedas y el flujo descontrolado de capitales.

"Se está destruyendo nuestra capacidad exportadora y para los países desarrollados no hay mejor negocio que una América Latina creciendo a tasa altas, ya que esto aumenta el consumo mundial", refirió.

http://www.adexperu.org.pe/ (El Peruano)